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Carta colectiva al Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid (29 Abril 2002)

 

Dr. D. José Ignacio Echániz
Excelentísimo Sr. Consejero de Sanidad
Comunidad de Madrid
C/ O’Donnell nº 50
Madrid

Madrid, 29 de abril de 2002

Excmo. Sr. Consejero:

Las asociaciones y entidades abajo firmantes han tenido conocimiento de los expedientes disciplinarios abiertos por la Junta Directiva del Colegio Oficial de Médicos de Madrid al Dr. Alberto Fernández Liria, Coordinador de Salud Mental del Área 3, y al Dr. Ángel Sainz, Gerente de Atención Especializada del Área 3, por actos derivados de su gestión, que han sido considerados como vulneración de algunos artículos del Código de Ética y Deontología Médica y de los Estatutos Colegiales. Con respecto a dicho expediente queremos hacer constar que:

1. La Junta Directiva del Colegio Oficial de Médicos de Madrid se ha extralimitado en sus funciones al entrar en los modos de organización asistencial de un área, que en ningún caso suponen la suplantación de las funciones de un médico especialista en psiquiatría.
2. Los doctores Fernández Liria y Sainz al refrendar los turnos de vacaciones de los profesionales adscritos a los distintos dispositivos de salud mental de su área actúan cumpliendo la normativa sobre ordenación y funcionamiento de los servicios de salud mental de la Comunidad de Madrid según el Plan de Salud Mental de 1989, actualmente vigente y los acuerdos recogidos en los diferentes convenios firmados por esa Consejería, el Ayuntamiento de Madrid y el INSALUD en 1988 y 1997.
3. Según está establecido en el decreto de creación de la especialidad de Psicología Clínica de 20 de noviembre de 1998 y en el vigente programa de la especialidad (PIR) aprobado por el Ministerio de Sanidad y por el Ministerio de Educación en 1995, los psicólogos están capacitados , entre otras funciones, para el desempeño de la evaluación, diagnóstico y tratamientos psicológicos, por lo que el ejercicio de las mismas no puede considerarse en ningún caso como intrusismo profesional.
4. Como se desprende de los puntos anteriores, entendemos que los argumentos planteados en los expedientes abiertos a ambos doctores carecen de entidad, y consideramos que sólo pueden concebirse como un paso más dentro de la estrategia abierta por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, con la interposición del recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto 2490/98 por el que se crea y regula la especialidad de Psicología Clínica.
5. Queremos expresar nuestro apoyo al Dr. Fernández Liria y al Dr. Sainz Aiz que con su actuación no han hecho otra cosa que cumplir y respetar la normativa vigente.

Es evidente que la repercusión que la no resolución de estos expedientes pueden tener en el funcionamiento de la Red Integrada de Salud Mental puede ser muy grave, por lo que nuestras asociaciones están dispuestas a impulsar las medidas de protesta que crean oportunas.

Por todo ello, SOLICITAMOS UNA ENTREVISTA URGENTE que facilite las acciones tendentes a la paralización de dichos expedientes.

Atentamente,

D. Mariano Hernández Monsalve
Presidente de la Asociación Española de Neuropsiquiatría (AEN)

Dña. Mª Fe Bravo Ortiz
Presidenta de la Asociación Madrileña de Salud Mental (AMSM)

D. Ricardo Guinea
Presidente de la Asociación Madrileña de Rehabilitación Psicosocial (AMRP)

Dña. Consuelo Escudero
Presidenta de la Asociación Española de Psicología Clínica y Psicopatología

Dña. Ana Castaño
Presidenta en funciones de la Asociación de Salud Mental Comunitaria (SAMYC)

Dña. Begoña Olabarria
Presidenta de la Comisión Nacional de la especialidad de Psicología Clínica

D. Fernando Chacón
Presidente del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid

 
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