JUSTIFICACION
El 14 de marzo de 2002 el pleno de la Junta
Directiva del Colegio de Médicos de Madrid propuso
la apertura de un expediente disciplinario con posible
sanción de suspensión de ejercicio profesional
contra los Doctores D. Angel Sainz Aiz y D. Alberto Fernández
Liria, por valorar como falta grave una supuesta actuación
favorecedora del intrusismo profesional al haber ordenado
y consentido, "en claro perjuicio para los pacientes",
la sustitución de médicos especialistas
por psicólogos.
La Comisión Deontológica del Colegio de
Médicos es desde esa fecha la encargada de investigar
los hechos y proponer una resolución sobre lo investigado
a la Junta Directiva.
La situación ha llegado a un punto en que parece
conveniente la creación de una plataforma de oposición
al tratamiento del tema por parte del ICOMEM, de apoyo
a los expedientados y de respaldo a la acción popular,
que recoja y canalice las diferentes acciones particulares
o colectivas que puedan ayudar a una resolución
favorable de esta situación.
LOS HECHOS
Los hechos imputados a nuestros colegas
tienen su origen en la disconformidad de una psiquiatra
(Dra. Petra Sánchez) -adscrita junto con un psicólogo
al programa infanto-juvenil del Centro de Salud Mental
de Torrejón- con el criterio de ordenación
de los turnos de vacaciones del verano de 2000. Como es
práctica habitual en Madrid y en toda España,
los responsables aplicaron el criterio de que no era posible
que los dos profesionales adscritos al mismo programa
tomaran sus vacaciones a la vez, de manera que el programa
quedara cubierto por al menos uno de ellos todo el tiempo.
Naturalmente, en aquellas funciones específicas
para las que cada uno de ellos pudiera no estar facultado,
otro profesional del Centro podría realizar esta
función. En el caso de ser necesaria una prescripción
farmacológica durante ese periodo, otro psiquiatra
del centro hubiera estado disponible. Recordemos que de
hecho en España no está reconocida la subespecialidad
de Psiquiatría Infantil. Con el mismo criterio
las vacaciones y permisos se organizan para que siempre
haya al menos un psiquiatra en el Centro.
Sin discutir el derecho que asistía a la psiquiatra
a estar disconforme con la decisión de los responsables
jerárquicos del área, signifiquemos que
la disconformidad fue planteada en Magistratura contra
el entonces Insalud, juzgada y fallada a favor de los
ahora expedientados.
LA ACCIÓN CUIDADANA
A raíz de la apretura del expediente
se han realizado diferentes tipos de acciones destinadas
por un lado a denunciar la irracionalidad de los expedientes
y por otro a solicitar un pronunciamiento público
de los responsables de la ordenación sanitaria
de la Comunidad de Madrid al ser los hechos denunciados
comunes a muchas de las restantes áreas sanitarias
de la Comunidad. Algunas de estas acciones han sido espontáneas
y particulares y otras colegiadas y planificadas desde
entidades asociativas. La Asociación Madrileña
de Rehabilitación Psicosocial (A.M.R.P.) y la Asociación
Madrileña de Salud Mental – Asociación
Española de Neuropsiquiatría (A.M.S.M.-AEN)
han sido, por desarrollarse en su entorno esta situación,
las primeras que emprendieron acciones colectivas y las
propulsoras de la Plataforma.
Algunas de las acciones realizadas han sido: (para más
información consultar las páginas web www.terra.es/personal/a.m.r.p
, www.sie.es/amsm y www.pulso.com/aen ):
Carta de protesta de profesionales de salud
mental del área 3 publicada en El País.
Recogida de firmas de apoyo entre los profesionales de
salud mental del área 3 y del resto de la Comunidad
de Madrid.
Carta de la A.M.R.P. al Consejero de Sanidad de la Comunidad
de Madrid y al Jefe del Departamento de Asistencia Psiquiátrica
y Salud Mental (25 Abril 2002).
Carta de la A.M.S.M. al jefe de salud mental de la Comunidad
de Madrid (26 de Abril de 2002).
Carta colectiva a la presidenta del Colegio de Médicos
de Madrid (29 Abril 2002)
Carta colectiva al Consejero de Sanidad de la Comunidad
de Madrid (29 Abril 2002).
Carta a la Presidenta del Colegio de Médicos con
firmas de médicos psiquiatras (30 de Abril de 2002).
Carta de la A.M.S.M. al diario El País (15 de Mayo
de 2002).
Carta de la A.M.S.M. a Iñaki Gabilondo Cadena Ser
(16 de Mayo de 2002).
Tribuna EL PAIS (Seccion Madrid) "Usos y abusos de
la vía deontológica para sancionar médicos"
por José Ramón Repullo y MarianoHernández.
(23 mayo 2002)
Comunicado del presidente de la A.M.R.P. y de la Federación
Española de Asociaciones de Rehabilitación
a lo miembros de la Federación. (21 Junio 2002)
Carta de la A.M.R.P. a la presidenta y vocales del Colegio
de Médicos de Madrid (25 Junio 2002)
Cartas de la A.M.S.M. individualizadas pasadas por registro
del ICOMEM e incluidas en el Expediente donde se explicaba
a cada miembro de la Junta los hechos reales pormenorizados
en el sentido reflejado al inicio de este escrito. (28
Junio 2002)
Fax enviado a la Consejería de Sanidad solicitando
reunión urgente (9 julio 2002)
Campaña conjunta A.M.R.P. y A.S.M.S. de “descolegiación
moral” del Colegio de Médicos con envío
de cartas de socios autodescolegiándose moralmente.
Carta de la A.M.R.P. a los socios sobre la "descolegiación
moral" (11 julio 2002).
Constitución de la A.M.S.M y la A.M.R.P. como acción
popular querellando contra el Colegio de Médicos
por presunta prevaricación (julio 2002).
Comunicado de los presidentes de la A.M.R.P. y de la A.M.S.M
en relación a la querella contra el Colegio de
Médicos de Madrid (18 julio 2002).
Carta de la A.M.R.P. al Consejero de Salud y al responsable
de salud mental de la Comunidad de Madrid en protesta
por la petición del instructor del expediente de
datos considerados confidenciales (26 de Noviembre de
2002).
Cartas en el mismo sentido de la A.M.S.M. solicitando
una reunión urgente con el Consejero de Sanidad,
e instando al mismo a no facilitar ningún dato
de los solicitados por el ICOMEM (25 de Noviembre de 2002).
LA PLATAFORMA
La plataforma contra el expediente se configura
como un instrumento con los siguientes objetivos:
1º- Ejercer cuantas acciones considere oportunas
en defensa y apoyo de los expedientados.
2º- Recoger y canalizar las diferentes inquietudes,
propuestas o acciones, individuales o colectivas, que
surjan en apoyo y defensa de los expedientados.
3º- Divulgar toda la información que surja
en torno a los diferentes aspectos relacionados con el
expediente.
4º- Proponer acciones en apoyo y defensa de los expedientados.
Podrán participar en la plataforma
cualquier persona, asociación o entidad cuyos motivos
sean coincidentes con los que justifican y motivan la
creación de esta plataforma.
El funcionamiento interno de la plataforma
será democrático y asambleario. Las decisiones
se tomarán de forma consensuada a través
de asambleas organizadas para tal fin o por acuerdo logrado
a través de cualquier otro medio.
La pertenencia a la plataforma será
por el tiempo que cada persona, asociación o entidad
considere oportuna, pudiendo desvincularse de la misma
en cualquier momento y sin que tenga que justificar su
decisión.
La plataforma se disolverá cuando
sus miembros lo decidan y en todo caso cuando los expedientes
se resuelvan favorablemente, en fondo y forma, para los
expedientados.
El plataforma pone a disposición
de sus miembros la siguiente direccion de correo electrónico
plataformaexpedientes@wanadoo.es y la pagina web:
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